jueves, 5 de noviembre de 2009
jueves, 15 de octubre de 2009
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EL ABORTO
Es la interrupción dolorosa del proceso fisiológico del embarazo causando la muerte del producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno, viable o no.
CLASES DE ABORTO
ABORTO QUIMICO:Consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Sólo es factible en las primeras semanas del embarazo y representa el 10 por ciento de los abortos realizados en los Estados Unidos y en Europa.
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ABORTO QUIRURGICO:Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar el aborto, o sea, de terminar voluntariamente el proceso gestacional, causando la muerte del embrión o feto.
ABORTO TERAPEUTICO:Es el que es justificado con razones médicas:
para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida; para salvar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto; para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, o para reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.
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ABORTO ELECTIVO:El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.
También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.
ABORTO POR INDICACION MEDICO-LEGAL:Se entiende por aborto por indicación médico-legal al acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país prevé la no imposición de una pena por tal motivo, aunque el aborto en general sea considerado un delito.
La importancia del aborto por indicación médico-legal está en que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.
ANTES DE QUE TOMES LA DECICION
CONSECUENCIAS FISICAS Y PSICOLOGICAS EN GENERAL:
cantidad de muertes maternas causadas por el aborto ilegal. Esta estrategia para legalizar el aborto se llama engañosamente "Maternidad sin riesgos".
Entre las complicaciones físicas del aborto en la mujer están las infecciones, las hemorragias, las complicaciones debido a la anestesia, las embolias pulmonares o del líquido amniótico, así como las perforaciones, laceraciones o desgarros del útero. Estadísticamente hablando, se estima que el riesgo inmediato de dichas complicaciones es de un 10%, pero el de las complicaciones a largo plazo es entre el 20 y el 50%.
EFECTOS FISICOS:
-Esterilidad.
-Abortos espontáneos.
-Embarazos ectópicos.
-Nacimientos de niños muertos.
-Trastornos menstruales.
-Hemorragia.
-Infecciones.
-Shock.
-Coma.
-Utero perforado.
-Peritonitis.
-Coágulos de sangre pasajeros.
-Fiebre/sudores fríos.
-Intenso dolor.
-Perdida de otros órganos.
EFECTOS PSICOLOGICOS:
-Culpabilidad.
-Impulsos suicidas.
-Sensación de pérdida.
-Insatisfacción.
-Sentimiento de luto.
-Pesar y remordimiento.
-Retraimiento.
-Pérdida de confianza en la capacidad de tomar decisiones.
-Pérdida de autoestima.
-Preocupación por la muerte.
-Hostilidad.
-Conducta autodestructiva.
-Ira/rabia.
-Desesperación.
-Incapacidad de valerse por sí misma..
-Deseo de recordar la fecha de la muerte.
-Preocupación con la fecha en que "debería" nacer o el mes del nacimiento.
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ASPECTOS JURIDICOS
El aborto, entendido como la interrupción intencional del embarazo, es, dependiendo del ordenamiento jurídico vigente, una conducta punible o no punible, atendiendo a las circunstancias específicas.
De esta manera, dependiendo del país que lo contemple, es considerado un delito penalizado en cualquier circunstancia, o un derecho de la gestante. En otros países, aún siendo también un delito –caso de, por ejemplo, España– se mantiene despenalizado en ciertos casos siempre que medie el consentimiento materno.
En la actualidad, la legislación en la mayor parte del mundo contempla la despenalización del aborto, siguiendo la recomendación de la OMS , para supuestos intermedios, siempre tomando la voluntad de la embarazada como requisito sine qua non para una posible no punición.
Los ordenamientos jurídicos que despenalizan el aborto en alguno o todos los supuestos, lo hacen desde las siguientes perspectivas:
El sistema anglosajón desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’.
El modelo europeo-continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya sea que se le especifique como libertad reproductiva (véase derechos reproductivos) o como derecho a la autonomía.
En sistema islámico la ley se confunde con la ética, pues se considera que no puede haber independencia entre una y otra. En la mayoría de países islámicos, el aborto sólo se consiente por razones médicas en las que la madre corre grave peligro.
El sistema internacional de protección de los Derechos Humanos (DD.HH.) –así las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales como por ejemplo Amnistía Internacional, como los organismos de protección de DD.HH. de carácter universal, como la Comisión y Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas o la Organización Mundial de la Salud– relaciona el problema de la despenalización del aborto con el derecho que tienen las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes; es decir, con la prohibición general de la tortura.
La normativa sobre el aborto es un tema sumamente polémico, puesto que, tanto los promotores de una posición como sus detractores, argumentan defender un derecho humano. Los defensores del aborto esgrimen el derecho a la libertad, autonomía o intimidad de la gestante, y sus detractores el derecho a la vida que le conceden al nasciturus.